🌖 Eleccion Presidente Comunidad De Vecinos
Aunqueparezca un sinsentido, sÃ. La Ley de Propiedad Horizontal establece como único requisito para ser presidente de la Comunidad de Propietarios el ser propietario. Sin embargo, aunque el presidente escogido resulte ser moroso, seguirá en la obligación de presidir las juntas. Siempre exponiendo su opinión, aunque no pueda votar en ellas.
Enocasiones, incluso con la utilización del voto de calidad del presidente, persiste el empate en una votación de la comunidad de propietarios. En estos casos, existen diferentes alternativas para resolver la situación: 1. Realización de una nueva votación: Se puede convocar una nueva votación en una fecha posterior para intentar
ElartÃculo 13 de la Ley de Propiedad Horizontal cita a los órganos de gobierno de la Comunidad de Propietarios, y entre ellos, nombra al Presidente de la comunidad que es nombrado, entre los
Lajunta de propietarios.Es la asamblea con capacidad para decidir sobre todo lo que atañe a la comunidad. El presidente que es el representante legal y orgánico de la comunidad, que dirige su
VOTACIÓNQuienes están interesados en la presidencia se presentan como candidatos y el resto de vecinos votan. Si se elige este método hace falta un quorum de mayorÃa
ElartÃculo 13 desgrana los cuatro órganos de gobierno de una comunidad de vecinos: la junta de propietarios, el presidente (y vicepresidentes, en su caso), el secretario y el administrador.
Enesta junta el vecino elegido como presidente debe exponer por escrito los motivos de su renuncia, si la Junta acepta, se procederá a la elección y nombramiento de un nuevo vecino como presidente. Para que esto ocurra asà se requiere la mayorÃa de tres quintas partes del total de propietarios, que a su vez representen tres quintas partes
Laduración del cargo de Presidente de la comunidad, salvo que los Estatutos dispongan lo contrario, es de un año, si bien, el Presidente no perderá sus competencias si se retrasase la convocatoria de la Junta para la elección del nuevo. El Presidente podrá ser removido de su cargo antes de la terminación de su mandato mediante acuerdo
Larespuesta es positiva, ya se trate de persona fÃsica o jurÃdica, el propietario designado debe asumir el cargo, como asà lo señala la sentencia de la AP Asturias, Sec. 4.ª, 23-3-1998 (S P/SENT/14867). El art 13.2 de la citada LPH, establece que el Presidente será nombrado entre los comuneros, por lo que no existirá, en principio
Procesoa seguir para destituir al presidente de la comunidad. Para destituir al presidente de una comunidad de vecinos, se tendrá que convocar una reunión tanto por el vicepresidente como por el 25% de propietarios, y en donde se deberá de elegir un nuevo presidente o incluso, la adopción de medidas legales contra el propietario
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